La nueva ley de medios de comunicación audiovisual en Argentina ¿democratización o control de la libertad de expresión?
Por Lucas Chedrese, Politólogo, Universidad de Buenos Aires. Responsable del área Estado e Instituciones de la Iniciativa para el Fortalecimiento del Estado y la Democracia (IFED)
La pasada madrugada del sábado 10 de octubre, el Senado de la Nación Argentina convirtió en ley el proyecto de regulación de los Servicios de Comunicación Audiovisual en todo el ámbito territorial de la República Argentina. Entre sus objetivos resaltan los estipulados en su artículo 1º referidos al “desarrollo de mecanismos destinados a la promoción, desconcentración y fomento de la competencia con fines de abaratamiento, democratización y universalización del aprovechamiento de las nuevas tecnologías de la información y la comunicación.”
Esta ley reemplaza al Decreto – Ley sancionado por la última dictadura militar en el año 1980 que con muy pocas modificaciones seguía regulando los servicios de radiodifusión en la Argentina. La propuesta toma en esencia los “21 puntos por el derecho a la comunicación” elaborados por la “Coalición por una Radiodifusión Democrática”, una red integrada por organizaciones sociales, cooperativas, sindicatos, universidades, organismos de Derechos Humanos, asociaciones de radiodifusores y radios comunitarias que venían trabajando juntos desde el año 2003.
La ley contó con un amplio apoyo y participación de especialistas y organizaciones sociales, impulsándose más de 200 modificaciones al proyecto original a partir de las propuestas recogidas por correo, mail y en los más de 24 foros que se realizaron en todo el territorio nacional. Asimismo, el proyecto se formuló tomando en cuenta amplia legislación comparada, convirtiéndola en una de las normas en materia de servicios audiovisuales más moderna del mundo. En este sentido, Frank La Rue, Relator de Libertad de Opinión y Expresión de las Naciones Unidas (ONU) afirmó en julio pasado que “La Argentina está sentando un precedente con la nueva Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual y creo que sirve de ejemplo no sólo para el continente latinoamericano sino para el mundo entero”.
Desde la oposición y los diferentes medios afectados, se acusa al gobierno de querer con esta ley resentir la libertad de expresión controlando la libre empresa en el mercado de comunicación audiovisual. Específicamente, más allá de múltiples artículos que efectivamente regulan el servicio (frente a una normativa que dejaba casi todo librado al sector privado, vale decir) son dos los que mayor resistencia generan entre los multimedios afectados y que son impugnados como iniciativa propia por la oposición política. En primer lugar, con el objetivo de limitar la concentración oligopólica y monopólica, el artículo 45, establece los límites a la multiplicidad de licencias fijando topes a la cantidad de licencias y por tipo de medio. En segundo lugar y como necesidad de adecuación a estos limitantes, el artículo 161 obliga a los titulares de licencias que no se ajusten a la normativa a regularizar su situación en un plazo no mayor al año. Esta cláusula es la que se conoce como de desinversión y es la que actualmente rechazan quienes exceden el límite y buscarán su revisión ante la Justicia. Se sostiene que, de este modo, el gobierno busca reemplazar los oligopolios actuales por otros oligopolios afines.
Indudablemente, más allá del consenso social y profesional básico sobre el cual descansa la nueva ley, el debate en torno a su aprobación no puede escindirse analíticamente de la puja política que enfrenta a partir del conflicto con ciertos sectores del campo en marzo de 2008 al gobierno con el principal multimedios del país, el Grupo Clarín. Este grupo es el principal “perjudicado” por esta nueva ley y, como tal, el principal opositor.
Pero, de esta coyuntura, no puede desprenderse que el fin último sea el reemplazo de un oligopolio por otro afín. La demanda social por este nuevo marco normativo, no comenzó hace sólo dos años e incluso la propia ley deviene en una barrera frente a cualquier nueva concentración. Estas apreciaciones nos obligan a evitar caer en el lugar común de afirmar que el motor último de este proceso sea un conflicto puntual entre el gobierno y un grupo económico.
Sin lugar a dudas, este conflicto se constituyó en una ventana de oportunidad que elevó la factibilidad política de esta demanda pendiente desde hace 26 años. Problema y solución fueron oportunamente vinculados por el gobierno, pero ni uno ni otro son nuevos ni fueron inventados por el poder político de turno.
¿Qué “problema” más estructural viene a atender esta “solución”? Manuel Castells en “La Era de la Información” (Alianza Editorial, Madrid, 1997) sostenía que como resultado de la convergencia entre la crisis de representación política tradicional y el aumento de la penetración de los medios de comunicación, la política ha quedado capturada en su espacio: “Fuera de su esfera sólo hay marginalidad política”, afirmaba. Si no se aparece en los medios, no sólo un político, si no también cualquier proyecto pierde toda posibilidad de trascendencia.
Los medios de comunicación están doblemente condicionados en la forma de presentar los temas. Por un lado, deben responder a la lógica comercial, es decir, mostrar lo que vende. Por el otro lado, son, en su gran mayoría, y es el caso de los medios de mayor alcance, propiedad de grandes grupos económicos. Estos dos condicionantes tamizan la cantidad y calidad de información que efectivamente llega al público.
Así, los medios se constituyen en una pantalla distorsionante entre el proceso político y el público y esto no depende de una causa fortuita sino más bien a un formato e intereses propios de los medios.
Si este es el “problema”, ampliar en el ámbito público la cantidad de voces que representen otros intereses diferentes a los de los multimedios y los sectores que ellos interpelan, debe ser parte de la “solución” para alcanzar una mayor pluralidad democrática.
La ley en cuestión, ¿apunta en esta dirección? De aquí a unos años ¿existirá una oferta audiovisual más plural y de mayor calidad? Indudablemente, como toda política pública, esta también descansa sobre una hipótesis causal respecto al cumplimiento de sus objetivos. Alcanzarlos dependerá, además de su consistencia teórica, del proceso de implementación como de la participación efectiva de los nuevos actores interpelados.
Pero, a priori, las reservas de frecuencias para universidades, pueblos originarios, organizaciones de la sociedad civil, provincias, municipios y demás actores distintos a los sectores empresarios; la conformación de la Autoridad de Aplicación con representantes de las provincias y el Congreso, la constitución de una Comisión Bicameral de seguimiento; el Consejo Federal de Comunicación Audiovisual cuyos miembros provinciales van a representar a los prestadores privados, a las emisoras universitarias, a los medios públicos y a los trabajadores de prensa; la existencia de la Defensoría del público encargada de recibir y canalizar las consultas, reclamos y denuncias del público de la radio y la televisión, designado por los presidentes de ambas cámaras; el incentivo a la producción local de contenidos, la igualdad de acceso para personas con capacidades diferentes, entre tantas otras medidas previstas, hacen pensar que la propia ley contiene los elementos a partir de los cuales evitar desvíos en su ejecución.
La nueva ley de servicios audiovisuales era una deuda pendiente de la democracia. Veintiséis años de comunicación pública transcurrieron bajo las regulaciones autoritarias del gobierno de facto más criminal de la historia Argentina. Que la misma no resulte en la puerta de entrada a nuevos concentradores de información e ideas, dependerá en gran medida del rol que cumplan los actores de este nuevo escenario. Creer que la ley derivará en el marco para la instalación de una maquinaria de propaganda política totalitaria para la perpetuación de un gobierno, es, como mínimo, faltarle el respeto moral e intelectual a quienes lucharon tantos años por su sanción.